Hoy hablaremos de un tema que en algún momento de la vida nos va a interesas: las herencias tras perder algún familiar. La pérdida de un ser querido es, sin duda, uno de los momentos más difíciles en la vida de cualquier persona. Es una etapa marcada por el dolor y la tristeza, donde muchas veces la mente no está lista para afrontar más pendientes. No obstante, en medio de este proceso, surgen una serie de obligaciones financieras tras fallecimiento que es crucial resolver a tiempo para evitar complicaciones futuras.

La gran pregunta que asalta a los familiares es: ¿qué sucede con las deudas que pudo haber dejado el difunto? ¿quién hereda las deudas y quién se hace responsable de ellas? La respuesta Kena te la tiene, y te resumimos en que: depende directamente del tipo de producto financiero y de la existencia de ciertas protecciones.

Obligaciones financieras tras la pérdida de un ser querido. Freepik

Obligaciones financieras tras la pérdida de un ser querido. Freepik

¿Entienes?, vamos a desglozarlo asi:

Productos financieros protegidos: : obligaciones financieras tras fallecimiento

En méxico, por fortuna, existen ciertos productos financieros diseñados con una capa de protección específica para estos lamentables sucesos. Como señala alejandro sena, director general de Dinero.mx, “en méxico existen algunos productos financieros que cuentan con un seguro de vida que cubre la deuda del titular en caso de fallecer como el caso de las tarjetas de crédito y los créditos hipotecarios”. Esta cobertura es fundamental y representa un alivio significativo para los deudos.

Aquí te dejamos dos de los porductos dinancieros protegidos:

1. Tarjetas de crédito y liberación de saldo

Una de las deudas más comunes y que, a menudo, generan mayor preocupación son las relacionadas con las tarjetas de crédito bancarias ¿esto te ha pasado? . La buena noticia es que, en su mayoría, estas tarjetas establecen en su contrato una cláusula de liberación del saldo deudor en caso de que el titular fallezca. Este seguro actúa como un escudo protector, cubriendo como máximo el total del límite de crédito o el monto pendiente por pagar de la cuenta a la fecha del deceso.

Te recordamos que esta protección únicamente cubrirá las deudas realizadas previas al fallecimiento. Cualquier compra o cargo que se registre de forma posterior al deceso no será cubierto por el seguro y podría generar un problema adicional si no se cancela la cuenta de inmediato.

2. Créditos hipotecarios y el seguro de vida

Otro tipo de deuda importante que se encuentra resguardada es la de los créditos hipotecarios. Estos instrumentos financieros están obligatoriamente protegidos por un seguro de vida vinculado al crédito. Este seguro tiene la función de saldar el monto pendiente de la hipoteca en caso de muerte accidental o por enfermedad del titular.

Es importante mencionar que este mecanismo libera de cualquier obligación a los beneficiarios del crédito, permitiéndoles conservar el inmueble sin la carga económica restante, siempre y cuando la causa de muerte no esté relacionada con suicidio, según las exclusiones habituales de las pólizas.

Para poder hacer válido este seguro de vida, es un requisito indispensable que la persona fallecida estuviera al corriente con todos los pagos mensuales al momento del deceso. En caso contrario, los beneficiarios se verán en la obligación de solventar dichas mensualidades atrasadas antes de que la aseguradora pueda proceder a liquidar la deuda.

La situación cambia en el caso de un crédito conyugal (como los adquiridos con fovissste o infonavit). En estos escenarios, el seguro solo cubrirá la parte proporcional del adeudo total que correspondía a la persona fallecida, manteniéndose vigente la deuda del cónyuge que sobrevive. Así, las obligaciones financieras se dividen y no se transfieren totalmente.

Tarjetas de crédito, de los productos financieros heredados. Freepik

Tarjetas de crédito, de los productos financieros heredados. Freepik

¿Existen deudas que se pueden heredar? La pregunta del millón

Esta pregunta si que se repite una y otra vez en quienes pasaron o están pasando por este momento tan doloroso y preocupante a la vez: ¿existen deudas heredadas? La respuesta, aunque matizada, es que sí. Pero calma, vamos a explicarte como manejar esto.

Depende directamente del tipo de deuda y del proceso legal que haya dejado el difunto, principalmente si hay un patrimonio involucrado. Según la comisión nacional para la protección y defensa de los usuarios de servicios financieros (CONDUSEF), solo si se cumplen ciertos criterios específicos, los familiares o beneficiarios de una herencia pueden asumir la responsabilidad de saldar ciertos adeudos.

Comúnmente, quienes se vuelven responsables o terminan heredando las obligaciones financieras de una persona fallecida son el cónyuge, los hijos, el obligado solidario (si firmó como aval o fiador), o la figura del albacea del testamento.

Es crucial entender el concepto de “responsabilidad patrimonial limitada al monto de la herencia”. Esto significa que las deudas deberán ser pagadas con los bienes o patrimonio del fallecido, y no con el dinero propio del heredero. El albacea o el responsable de la administración de la sucesión testamentaria debe asegurarse de que las deudas queden totalmente solventadas antes de proceder a la repartición de cualquier bien.

El testamento es la clave obligatoria para dejar todo en órden. Freepik

El testamento es la clave obligatoria para dejar todo en órden. Freepik

Pasos para lidiar con posibles deudas

Lidiar con las deudas heredadas puede ser abrumador. Por ello, Dinero.mx aconseja seguir una serie de pasos claros para gestionar estas posibles obligaciones financieras en caso de ser beneficiario de una herencia o sucesión:

  1. Investigar la existencia de un testamento. Este documento legal es clave, ya que designa al albacea y a los herederos, marcando la pauta para la sucesión.
  2. Verificar deudas e inventariar bienes. Es indispensable hacer un inventario detallado de los bienes, el patrimonio dejado y, al mismo tiempo, verificar la existencia de posibles deudas pendientes. Es una tarea dual.
  3. Notificar a las instituciones financieras. Si se identifica que las deudas (como tarjetas de crédito o créditos hipotecarios) cuentan con un seguro de vida preexistente, se debe notificar inmediatamente a las instituciones correspondientes sobre el fallecimiento para que activen la póliza y liquiden el saldo deudor.
  4. Negociar con acreedores. En caso de que, inevitablemente, deba liquidarse alguna deuda con el patrimonio heredado, busque negociar con los acreedores. Muchas veces, si se realiza un pago rápido y en una sola exhibición, se pueden conseguir descuentos significativos para liberar deudas.

Es fundamental recalcar que, por ley, los herederos no se encuentran obligados a liquidar las deudas de una persona fallecida con su propio dinero. Sin embargo, sí están obligados a usar los bienes heredados para saldar las obligaciones financieras del difunto.

De no hacerlo, los acreedores están en todo su derecho de demandar judicialmente a la sucesión, lo que puede derivar en embargos sobre los bienes, congelamiento de las cuentas de la persona fallecida e incluso en la pérdida parcial o total de la herencia. Es por ello que la gestión proactiva y el entendimiento de estas normativas es esencial para proteger el patrimonio y honrar la memoria del ser querido.

Te invito a compartir este post a todas tus amigas y correr la voz de este interesante tema. Recuerda que Kena siempre estará en todas las tendencias ayudándote a tomar decisiones. Síguenos en nuestras redes sociales, y está al tanto de lo más top y actual. 

Deudas heredadas, aprende a solucionarlo.

Deudas heredadas, aprende a solucionarlo.

Fuente: Dinero MX, modificado por Mariel Gadaleta 


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