Poder registrar tu propia empresa, negocio o marca en un día, y a cero costo, ya no será un sueño. Ahora este trámite será posible, gracias a la modificación de algunas leyes que entrarán en vigor en julio próximo.
Uno de los impedimentos que tienen muchas emprendedoras mexicanas para formalizar su empresa es la cantidad de trámites que deben hacer ante los entes gubernamentales y los gastos que éstos representan.
Sin embargo, con el propósito de ayudar a estos nuevos emprendedores mexicanos, la Cámara de Diputados aprobó, en 2016, la modificación a la Ley de Sociedades Mercantiles, que reduce trámites y costos para las empresas que facturen máximo 5 millones de pesos al año.
De esta forma, los emprendedores podrán registrar sus negocios en un solo día a costo cero, a través de la figura de la Sociedad de Acciones Simplificada.
Esta iniciativa nació como una demanda de la Asociación de Emprendedores de México (Asem), la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey y algunos senadores, ya que en México crear una empresa tomaba entre 20 y 35 días, con costos de alrededor de 15,000 y 30,000 pesos en gastos por registro de nombre, propiedad intelectual, actas constitutivas y registros ante el Imss y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), de acuerdo con la Asem.
Las modificaciones a la Ley General de Sociedades Mercantiles entrarán en vigor el próximo 25 de julio de 2018.
Con este dictamen, al menos tres millones de emprendedores potenciales del país ya podrán disfrutar de los beneficios de la nueva figura, según el decano de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tec de Monterrey, Alejandro Poiré.
Para entender el nuevo modelo mercantil te dejamos los siguientes puntos:
- La empresa o negocio que quiera registrarse a través del nuevo esquema de Sociedad de Acciones Simplificada no deberá exceder los 5 millones de pesos de ingresos anuales.
- La Sociedad podrá constituirse por una o más personas físicas. En ningún caso estas personas físicas podrán ser accionistas de otro tipo de sociedad mercantil.
- A partir de que el Ejecutivo publique en el DOF la nueva disposición, la Secretaría de Economía tendrá seis meses para habilitar una plataforma digital que permita al emprendedor llevar a cabo este registro. Y anualmente la dependencia deberá informar del estatus financiero de cada empresa.
- El nuevo portal deberá estar vinculado al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y al Seguro Social.
- El nuevo trámite sustituye tres que ahora existen: obtener un nombre válido ante el Registro Público de la Propiedad, validar los estatutos de la nueva empresa ante un notario y obtener un RFC.
- El trámite es gratuito y sólo será necesario que el emprendedor tenga su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) para hacer el registro en el nuevo portal.
- Para realizar el trámite será opcional ocupar los servicios de un notario o fedatario, pero ya no será necesario, porque no se requerirá registro de escritura pública, póliza o cualquier otra formalidad. Se dejará de hacer un gasto entre 7,000 y 11,000 pesos, correspondientes a sus honorarios.
- Con esta iniciativa se busca que más negocios dejen la informalidad, pues automáticamente se registrarían ante el SAT, bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- Chile y Colombia son los únicos dos países en América Latina que ya utilizan esta figura.
Con información de http://www.cnnexpansion.com
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5511250&fecha=24/01/2018
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